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En La Araucanía Aguinaldo de Fiestas Patrias beneficiaría a más de 130.000 pensionados este 2020

Para los pensionados del IPS se paga junto a la pensión, sin mayor trámite. En el caso de las otras instituciones cada una determina su modalidad de pago.

A partir de este 1 de septiembre, 2.213.732 pensionados y pensionadas a nivel nacional, comenzarán a recibir el pago del tradicional Aguinaldo de Fiestas Patrias. Para este 2020, el monto del beneficio es de $20.082 por pensionado y se incrementará en $10.303 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto del año en curso.

En la región de la Araucanía, el seremi del Trabajo y Previsión Social, Patricio Sáenz, señaló que “el Instituto de Previsión Social (IPS), en la Región, a partir de esta política pública se evidencia lo positivo que resulta llegar oportunamente con recursos a la mayor cantidad de pensionados, que en la Araucanía son más de 130 mil personas que reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias. El Estado desembolsará más de 2.600 millones de pesos en la entrega de esta ayuda económica. Este exitoso beneficio, junto a toda la red de protección social que se ha implementado este año a partir de la pandemia, robustece la ayuda que llega a los más vulnerables.”

El Aguinaldo de Fiestas Patrias, es un beneficio esperado por los pensionados de nuestro país, quienes saben que –cumpliendo con los requisitos establecidos- tradicionalmente en septiembre de cada año reciben esta ayuda económica que les entrega el Estado.

Al respecto también se refirió el seremi de Desarrollo Social y Familia, Rodrigo Carrasco, quien señaló, “Las fiestas patrias es algo muy significativo para todas las familias chilenas, momentos de unión que se celebra en familia y siempre se requiere algún dinero adicional para costear alguna celebración. Este aguinaldo que se va a pagar en conjunto con las pensiones de los adultos mayores, de manera tal que no tengan que ir a algún pago presencial adicional”.

Tienen derecho al beneficio los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2020. También tienen derecho los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:

– Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
– Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
– Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
– Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
– Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
– Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
– Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
– Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

Es preciso recordar que, cada persona tiene derecho a un solo Aguinaldo, aunque sea beneficiario de dos o más pensiones, o beneficios, sean éstos pagados por el IPS o por otras instituciones de seguridad social.

El director regional de IPS-ChileAtiende, Joaquín Núñez destacó, “es importante señalar que, los pensionados de AFP y compañías de seguro (DL 3.500) que al 31 de agosto del año 2020 reciban el beneficio de Aporte Previsional Solidario (más conocido como APS y que consiste en un monto mensual que entrega el Estado para complementar las pensiones más bajas) y también quienes tengan pensiones mínimas con Garantía Estatal, tienen derecho al aguinaldo. El pago a este grupo lo efectúa la entidad previsional a cargo de cancelar la pensión mensual”.

Más información y consultas:

El director regional, además agregó “las personas pueden consultar en los canales de atención de la red ChileAtiende del Instituto de Previsión Social: Redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram, www.ips.gob.clwww.chileatiende.cl, el Call Center 101 o el 600 440 0040”.

Cabe recordar que este aguinaldo se paga junto con la pensión, y no es necesario un trámite adicional.

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